Hazte Soci@ de ASCOPAS

Colabora con ASCOPAS (Asociación Comarcal de Padres y Protectores de Minusválidos Psíquicos)

¡Únete a la familia ASCOPAS!

En ASCOPAS, creemos firmemente en un mundo donde cada persona, independientemente de sus capacidades, pueda disfrutar de una vida plena y rica en experiencias.

Nuestra misión es ofrecer apoyo, amor y oportunidades a aquellos que a menudo se encuentran limitados debido a discapacidades psíquicas. 

Pero para continuar nuestra labor, necesitamos algo esencial: tu apoyo.

¿Qué significa ser soci@ de ASCOPAS?

Al hacerte soci@ de ASCOPAS, no solo estarás contribuyendo a una causa noble, sino que también te convertirás en parte de una comunidad que valora la diversidad, la inclusión y el amor incondicional.

Tu colaboración nos permitirá seguir adelante con programas innovadores que buscan mejorar la calidad de vida de nuestros usuarios, ofrecerles nuevas oportunidades y defender sus derechos en todos los ámbitos de la sociedad.

Desde actividades recreativas y deportivas hasta programas educativos y de empleo, tu contribución como soci@ apoyará una amplia gama de iniciativas diseñadas para empoderar a nuestros miembros.

Además, podrás participar en las decisiones de ASCOPAS a través de las Asambleas, de invitaciones a eventos especiales y tendrás la opción de participar como VOLUNTARIO/ VOLUNTARIA en nuestras actividades de ocio.

 

Hazte soci@ de ASCOPAS

Descarga y rellena este documento y envíanoslo por email o correo con tus datos. Si tienes dudas, llámanos al +34 968 760 120 o escríbenos al email ascopas@ascopas.org

Desgravar tu donación a ASCOPAS

Las aportaciones que realices a ASCOPAS como socio podrás desgravarlas en tu declaración de IRPF si eres particular o en el Impuesto de Sociedades si eres empresa.

La Asociación Comarcal de Padres y Protectores de Minusválidos Psíquicos (ASCOPAS), con CIF G-30033559, y sede social en Paraje de los Albares, 24 de Cieza (Murcia), inscrita en el Registro de Asociaciones de la Región de Murcia con el número 476, fue declarada de Utilidad Pública por Orden INT/1763/2011, de 14 de junio (BOE 27 de junio de 2011), por lo que resulta de aplicación el régimen fiscal establecido en el Título II de la Ley 49/2002 de 23 de diciembre.

Cualquier DONACIÓN realizada a nuestra Asociación, tiene derecho a las siguientes desgravaciones, según se trate de persona física o jurídica:

DEDUCCIONES PARA PARTICULARES

Si eres una persona física puedes desgravar hasta el 80% en los primeros 250€, y el 40- 45% del resto de la donación.

DEDUCCIONES PARA EMPRESAS
Si eres una persona jurídica puedes desgravar 40% de la cantidad donada, y llegar al 50% si llevas más de dos años donando mínimo la misma cantidad. 
NO RESIDENTES EN ESPAÑA
Si no resides en España, pero donas aquí, puedes recibir un beneficio fiscal por la cantidad aportada.

Información orientativa. Desgravaciones sujetas a cambios en la legislación fiscal.

Scroll al inicio